jueves, 29 de marzo de 2012

Actividad Proceso de Paz en Colombia Grado 11





1. ¿Por qué crees que el gobierno colombianos no ha podido concretar una salida política al conflicto?

2. ¿Qué se perdió con el fallido proceso de paz del Caguán?

3. ¿Qué se ganó con el fallido proceso de paz del Caguán?

4. El Gobierno Venezolano ha intervenido en el proceso de paz en Colombia, dentro de sus aportes                                  propuso el intercambio de guerrilleros presos por personajes políticos o militares secuestrados, de hecho           el gobierno de Álvaro Uribe libero al guerrillero Rodrigo Granda llamado el canciller de la FARC, pero la guerrilla no liberó a ningún secuestrado como resultado del gesto del gobierno nacional. ¿Por que crees que     los guerrilleros no cumplieron?  

5. Con la ley 975, se logró sacar una gran cantidad de individuos del conflicto armado colombiano, mayormente paramilitares pero también algunos guerrilleros ¿Contribuyó esta ley a la pacificación del país? Argumenta.

martes, 20 de marzo de 2012

ACTIVIDAD PARA EL GRADO 10:04 (Para el día 22 de Marzo)


INSTITUCIÓN EDUCATIVA No 3,  SEDE: SANTA CATALINA DE SIENA
GRADO: DÉCIMO         PERIODO: PRIMERO
GUIA No 3

LOGRO: Conocer el concepto de poder, oculto en la política y establecer la relación entre poderes y parapoderes en la realidad política.


TEMÁTICA: LOS PODERES POLÍTICOS OCULTOS.

Lea el primer concepto de los poderes políticos ocultos y responda:
      1.       La política democrática prometió ser una forma de gobierno transparente, ¡está cumpliendo con ello? Qué argumentos podemos expresar que sustente tu respuesta?

     2. Cuándo se dice que la política moderna ha llegado a desarrollar métodos electrónicos de vigilancia y se control de los súbditos, ¿A qué hace referencia?

Lea el contenido de ¿Poder tras del poder?
    3. De qué manera crees que el narcotráfico en Colombia ha influido en la política?
  4. Qué papel juegan los medios de comunicación respecto a la política? ¿cómo se beneficia o afecta esta a través de la información que estos emiten?
    5. ¿Cuál es el principal fin de la sociedad de comunicación? ¿Cuál debería ser su principal objetivo?
Lea los párrafos de “Los poderes internacionales”
   6. ¿De qué manera podemos entender la influencia del poder político mundial en las decisiones de otros estados?
   7. Ingresa a Youtube y observa dos videos sobre el grupo bilderberg, presenta un informe sobre ello y la manera como un poder internacional oculto injiere en las políticas Internacionales.
Lea los párrafos de “El poder del parapoder”
  8. Respecto a la pregunta que se formula en la página 99 ¿Quién controla a los controladores? Investiga el caso de corrupción de la DIAN. Presenta un informe de media cuartilla. (media página)
  9. Los organismos de control principalmente la Contraloría y la procuraduría, visitan constantemente las entidades públicas  con el fin de ejercer control en cuanto al buen o mal manejo que se le dan a los recursos que administran. ¿Por qué si esto ocurre la corrupción no cesa en la mayoría de las entidades públicas?
  10. De qué manera se ve reflejado un doble carácter de poder?

NOTA: Presente la anterior actividad en su libreta de Ciencias políticas y económicas junto con el taller de Formas de gobierno y poder el día 22 de marzo, Llevar $200 para una actividad en el aula la cual será realizada en parejas.

sábado, 17 de marzo de 2012

Bipartidismo 1946 a la actualidad

Señor estudiante, antes de empezar a escribir las preguntas favor colocar el título del tema y sus respectivos logros.
PREGUNTAS A DESARROLLAR TENIENDO EN CUENTA EL MATERIAL FOTOCOPIADO Y OTRAS FUENTES.

1. ¿De qué manera el crecimiento económico que se dio en Colombia entre 1920 y 1930, agudizó la crisis bipartidista?

2. ¿Qué entiendes por Estado social de Derecho?

3. ¿Por qué algunos sectores creían que las reformas sociales, conducirían a una lucha de clases?

4. ¿Por qué los conservadores y curas decían que "revolucionarios", "ateos" e "inmorales" habían triunfado en países de tradición católica?

5. ¿Cómo estaba dividido el partido liberal en los años treinta y cuarenta?

6. ¿Quién fue Jorge Eliecer Gaitán?

7. ¿ En que condiciones recibió Laureano Gómez el país?

8. ¿De qué manera llegó el general Gustavo Rojas Pinilla al poder?

9. De qué manera fue fortalecido el prestigio del General Rojas Pinilla?

10. En qué consistió el Frente Nacional?

11. Menciona ventajas y desventajas del frente Nacional?

12. Cuál fue la situación política, económica y social que agudizó la crisis del bipartidismo en los años setenta y ochenta (S XX)

13. Menciona algunas propuestas del presidente Belisario Betancur

14. Menciona una propuesta y una situación caótica del presidente Virgilio Barco

15. Quién tomo la inniciativa para La Asamblea Nacional Constituyente, como se eligió y que fin tenía?

16. ¿Cuáles fueron las 5 áreas en las que se enfatizaron los objetivos de la ANC al elaborar la constitución de 1991?

17. De qué manera se ha agudizado la crisis bipartidista en la actualidad?

FAVOR PRESENTAR EN LETRA CLARA Y EN LO POSIBLE ESCRIBIR LA PREGUNTA CON UN COLOR Y SU RESPUESTA CON OTRO, (Prohibido usar mayúscula sostenida).

jueves, 8 de marzo de 2012

Nivelación Los DD HH en Colombia Grado 804



Taller: Formas de Gobierno y Poder (1004)






TALLER:

Después de leer y analizar el documento suministrado desarrolla las siguientes preguntas.

1. Para Platón cómo es la república perfecta?
2. Cuáles son las formas de gobierno que examina Platón y en qué consiste cada una de ellas?
3. Haga y analice los cuadros en donde se encuentran las formas de gobierno según Aristóteles.
4. Compartes la idea de Aristóteles que dice "existen gobiernos cuyo fin es el bien común" Argumente.
5. Cuál es el fin de la división de los poderes?
6. Explique la división de poderes.
7. Qué es ejercer el poder.
8. De que manera se dice que se captura inicialmente la voluntad de los súbditos y como evoluciona este proceso hasta consolidarse como un fuerza ordenada.
9. Cuáles son las dos dimensiones que existen para la política, expliquelas. 

lunes, 5 de marzo de 2012


INSTITUCIÓN EDUCATIVA No 3,  SEDE: SANTA CATALINA DE SIENA
GRADO: UNDÉCIMO         PERIODO: PRIMERO
GUIA No 1

LOGRO: CONOCER Y ANALIZAR EL FENÓMENO DE LAS EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES REALIZADAS POR LAS FUERZAS ARMADAS DE COLOMBIA Y TOMAR UNA POSICIÓN CRÍTICA FRENTE A ESTE FLAJELO.


TEMÁTICA: LOS FALSOS POSITIVOS EN COLOMBIA:
“En un País, donde la verdad de los hechos no poseen una fuente confiable, y en donde la proliferación informativa de un mismo tema aumenta exponencialmente, El Gobierno empieza a perder objetividad y confiabilidad, dado a que los Medios de Comunicación Monopolizados, y simpatizantes oprimen, y sustraen información de los problemas sociales generando un oscurantismo, y una falsa opinión pública en las personas”.

Los Falsos Positivos en Colombia, hacen referencia a los civiles que murieron en mano del Ejército Nacional. Estos Civiles muertos eran presentados, como Guerrilleros, así demostrarían la efectividad de los combates, y la búsqueda de ponerle fin a Las FARC.
Los Falsos Positivos en Colombia, consisten en asesinar civiles de clases bajas, este fenómeno no es nuevo, pues algunas investigaciones nos muestran como en 1990, ya se había presentado este hecho. Al finalizar el 2008, como un periodo donde esto volvió a presentarse con un fuerte impacto, los Medios de Comunicación Nacionales, y algunos extranjeros principalmente americanos, pusieron el foco de las cámaras en las investigaciones realizadas al Ejercito Nacional.

El derecho a la vida es uno de los derechos inherentes e inalienables de la persona y presupuesto esencial para la realización de los demás derechos. La Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 3), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 6) y la Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 4), entre otros tratados internacionales de derechos humanos, consagran el derecho de toda persona a que se respete su vida, estableciendo claramente que “nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. La observancia de esta obligación, presupone que los Estados adopten todas las medidas apropiadas para proteger y preservar el derecho a la vida, conforme al deber de garantizar el pleno y libre ejercicio de los derechos de todas las personas bajo su jurisdicción.

De la misma manera, la Constitución Política de Colombia, desde su Preámbulo proclama como uno de los fines de la Nación el asegurar a sus integrantes la vida, estableciendo además en su artículo 11 que “el derecho a la vida es inviolable” y que “No habrá pena de muerte”. Igualmente en su artículo 2 dispone que “las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida” y demás derechos fundamentales del ser humano.

Las ejecuciones extrajudiciales, de acuerdo con la definición extendida en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, constituyen un crimen de lesa humanidad entendido como la privación arbitraria de la vida de una o varias personas, por parte de agentes embestidos de estado.

Los llamados falsos positivos, que en realidad son ejecuciones extrajudiciales sistemáticas, asesinatos fuera de combate por parte de integrantes de las fuerzas armadas del Estado cometidos contra civiles inermes, con patrones que se repiten a lo largo y ancho del país en guarniciones militares, por lo cual ya no se podrán calificar, como es costumbre, de casos aislados

Lunes 13 de Junio de 2011 - 04:15 PM
Gobierno presenta estrategia para evitar 'falsos positivos'
El Gobierno colombiano presentó hoy un plan para evitar que se vuelvan a registrar asesinatos de civiles a manos de miembros de la fuerza pública, llamados 'falsos positivos'.
El ministro de Defensa colombiano, Rodrigo Rivera, presentó la estrategia (integrada por 15 medidas contra la impunidad) bajo la premisa de "cero violaciones a los Derechos Humanos implica cero impunidad" en un acto especial en Bogotá.
"Creemos que este conjunto de medidas contribuirá a fortalecer la administración de justicia, a que no se repita nunca más una violación de Derechos Humanos por parte de miembros de la Fuerza Pública", señaló el alto cargo.
El titular de Defensa, además, confió en que el plan "fortalezca" la legitimidad del Estado, la Política de Seguridad y a las Fuerzas Armadas.
"Ninguna conducta que comporte delito o falta disciplinaria atribuible a un miembro de la Fuerza Pública debe quedar en la impunidad", subrayó Rivera.
El alto cargo reiteró el compromiso de las Fuerzas Militares y de la Policía de proteger y garantizar a todas las personas que residen en Colombia, su vida, honra, creencias y demás derechos y libertades.
"No existe ninguna justificación, no existe explicación para que un militar o un policía incumpla con su deber o transgreda la Constitución y la ley", remarcó el ministro.
Agregó que el "primer deber" de cualquier uniformado "es defender los Derechos Humanos de todas las personas a las que está destinado proteger".
El Gobierno y la Fuerza Pública son los primeros interesados en establecer la verdad en muchas de las imputaciones.
"Cuando las investigaciones no rinden resultados rápidamente se prolonga un manto de duda, de sospecha, sobre la institución militar y policial que afecta su legitimidad y mancha el honor militar y policial y compromete la eficacia de las futuras operaciones", dijo Rivera.
Más de medio millar de militares están afectados en Colombia con acusaciones de "falsos positivos" en más de 2.000 casos de esta naturaleza, escándalo que saltó a la luz pública en 2008.
Entre las medidas que incluye la estrategia figuran las revisiones periódicas a las investigaciones de la Justicia Penal Militar en las quejas sobre esas ejecuciones y el apoyo permanente a la Fiscalía en las mismas.
También la designación de comisiones de inspección y seguimiento a las "medidas correctivas" y a las operaciones militares y policiales.
A la presentación del documento asistieron el vicepresidente de la República, Angelino Garzón, el Comandante General de las Fuerzas Militares, almirante Edgar Cely, los comandantes de las distintas Fuerzas y el director de la Policía Nacional, general Óscar Naranjo.
Del mismo modo, asistió la fiscal general, Viviane Morales, el procurador general, Alejandro Ordoñez, y el defensor del Pueblo, Vólmar Pérez.
COMPETENCIA: Propone alternativas para resolver situaciones de la vida cotidiana en donde se requiere ser honesto, sincero y el respeto por el derecho humanos.
Con base a lo leído, responda con sus propias palabras:
1.       ¿Qué se define como un falso positivo?
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2.       ¿Por qué se dan los falsos positivos?
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3.       ¿Consideras que los falsos positivos han injerido en el debilitamiento de los grupos guerrilleros?
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4.       ¿A qué crees que se debe el auge de los falsos positivos  que saltaron a la luz pública en el 2008?
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5.       ¿Consideras que las medidas tomadas por el gobierno solucionarán de una vez por todas, el flagelo de los falsos positivos?
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6.       ¿De qué manera crees que debe el Estado colombiano resarcir los daños causados a las familias afectadas en esta macabra práctica de sus fuerzas militares?
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Lic. Disney Santiago Fuentes

martes, 28 de febrero de 2012

TALLER PARA EL GRADO 804



INSTITUCIÓN EDUCATIVA N. 3
sede: santa catalina
AREA CIENCIAS SOCIALES
guia n. 1

TEMA: DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

LOGROS:
COGNITIVO: Reconocer la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sus antecedentes y reconocer sus artículos.
PROCEDIMENTAL: Relacionar la Declaración Universal de los Derechos Humanos con la Constitución política de Colombia teniendo en cuenta los derechos de las personas.
ACTITUDINAL: Reclamar ante las entidades pertinentes cuando se le desconozcan sus derechos.
DEFINICIÓN: La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París, que recoge en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos.
La unión de esta declaración y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus Protocolos comprende lo que se ha denominado la Carta Internacional de Derechos Humanos. Mientras que la Declaración constituye, generalmente, un documento orientativo, los Pactos son tratados internacionales que obligan a los Estados firmantes a cumplirlos.

Antecedentes remotos




Del Cilindro de Ciro se ha dicho que es la primera declaración de derechos humanos.
Uno de los documentos más antiguos que se han vinculado con los derechos humanos es el Cilindro de Ciro, que contiene una declaración del rey persa Ciro el Grande tras su conquista de Babilonia en 539 a. C. Fue descubierto en 1879 y la ONU lo tradujo en 1971 a todos sus idiomas oficiales. Puede enmarcarse en una tradición mesopotámica centrada en la figura del rey justo, cuyo primer ejemplo conocido es el rey Urukagina, de Lagash, que reinó durante el siglo XXIV a. C., y donde cabe destacar también Hammurabi de Babilonia y su famoso Código, que data del siglo XVIII a. C. No obstante, el Cilindro de Ciro presenta características novedosas, especialmente en lo relativo a la religión. Ha sido valorado positivamente por su sentido humanista e incluso se lo ha descrito como la primera declaración de derechos humanos.27 Numerosos historiadores, sin embargo, consideran que el término es ajeno a ese contexto histórico.


La Carta Magna, Magna Carta Libertatumde 1215
Documentos medievales y modernos, como la Carta Magna inglesa, de 1215, y la mandinga Carta de Mandén, de 1222, se han asociado también a los derechos humanos. En contra de esta idea, José Ramón Narváez Hernández afirma que la Carta Magna no puede considerarse una declaración de derechos humanos, ya que en esta época existen derechos pero sólo entre iguales, y no con carácter universal:28 no se predica la igualdad formal de todos los seres humanos. Lo mismo sucedía en el Imperio de Malí, cuya constitución oral, la Kouroukan Fouga, refleja cómo la población se estructuraba según su tribu de origen. Estas consideraciones son extrapolables a documentos como la Goldone Bulle de Andreas II en Hungría en 1222; la Confirmatio fororum et libertartum de 1283 y el Privilegio de la Unión de 1287, de Aragón ambos; las Bayerische Freiheitsbriefe und Landesfreiheitserklärungen desde 1311 o laJoyeuse Entrée de Brabante de 1356. En todos estos casos, los derechos y libertades reconocidos pertenecen al ámbito de los pactos entre el monarca y los estamentos del reino:29 no se trata, en suma, de derechos humanos; sino de derechos corporativos o privilegios.

PREÁMBULO
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1.

·         Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.

·         Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
·         Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.

·         Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.

·         Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.

·         Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6.

·         Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.

·         Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8.

·         Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9.

·         Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10.

·         Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11.

·         1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
·         2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12.

·         Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13.

·         1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
·         2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14.

·         1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
·         2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15.

·         1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
·         2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16.

·         1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
·         2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
·         3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17.

·         1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
·         2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18.

·         Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19.

·         Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20.

·         1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
·         2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21.

·         1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
·         2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
·         3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22.

·         Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23.

·         1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
·         2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
·         3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
·         4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24.

·         Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25.

·         1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
·         2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26.

·         1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
·         2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
·         3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27.

·         1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
·         2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28.

·         Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29.

·         1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
·         2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
·         3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30.

·         Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

ACTIVIDAD PARA DESARROLLAR EN SU LIBRETA.
1.       Defina que es La Declaración Universal de los derechos Humanos y Antecedentes.
            2.       ¿Con qué fin se creó la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
            3.       ¿Cómo entiendes el Artículo 1 de la DUDH (Declaración Universal de los derechos Humanos)
            4.       ¿Quiénes violan el artículo 9 en Colombia, de qué manera lo hacen?
            5.       Analiza la siguiente situación:
Sara era la señora más querida del vecindario, eran las 2 de la madrugada cuando sonaban las notas del mariachi, a su vecina le habían traído serenata. Después de un rato de canto, se escuchó un disparo, Sara sale corriendo de su apartamento y al salir a la puerta se da cuenta que su amigo Luis está herido, ella corre a auxiliarlos, se acerca toma sus signos vitales aún tiene vida. Sara pide ayuda, se escuchan las sirenas de la patrulla de la policía, los agentes llegan y Sara tiene en sus brazos a Luis ya está sin vida. Ella es la sospechosa del crimen, es condenada a 40 años de cárcel.
       ¿Qué derecho de la DUDH se le está violando a Sara, que artículo lo contempla?
       6.       ¿Cuántos son los Artículos de la Declaración Universal de los derechos Humanos?
     7.       Menciona los tres derechos que más se violan en Colombia. ¿Qué se puede hacer para mejorar esta situación?
     8.       ¿De qué manera el Estado colombiano te garantiza el cumplimiento del artículo 25 de la Declaración  Universal de los Derechos Humanos?